En este artículo vamos a hablar sobre lo que pasaría si construimos sobre un terreno rustico.
Para empezar hay que tener en cuenta de que es, cada CCAA, municipio y provincia quien suele regular este tipo de construcciones, desde Mar Costa del Sol os recomendamos que previamente os informéis antes de edificar.
Multas por edificar en terreno rústico.
La ley en España tiene dos delitos tipificados en relación a la construcción sobre terrenos rústicos.
- 319 del Código Penal. Hace mención a cuando se realizan construcciones en suelos no urbanizables o rústicos.
- 320 del Código Penal. Ocurre cuando funcionarios públicos o autoridades hacen un informe favorable a sabiendas de que el terreno es no urbanizable.
Por lo que a priori la norma es clara, no se puede construir ni edificar sobre ningún terreno no urbanizable. Sin embargo, la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana da a las CCAA el poder de controlar la edificabilidad dentro de sus comunidades, por lo que puede haber excepciones.
Eso sí por norma general las CCAA comparten dos premisas claves en sus regulaciones:
1. En un entorno rural la construcción debe estar en armonía con el espacio en el que se encuentra.
2. Esta prohibido la explotación inmobiliaria en estas zonas.
¿Qué tipo de sanciones tengo si construimos en terreno rústico?
En primer lugar, saber que incumplir la ley en este ámbito se puede condenar con penas de cárcel, por lo que es importante informarnos bien sobre la legislación local de donde queramos edificar.
Sanciones por construir en suelos rústicos protegidos
- Demolición inmediata de la obra, teniendo que pagar los gastos el sancionado
- Inhabilitación especial de entre uno y cuatro años
- Condena de prisión de entre un año y medio y cuatro años
Sanciones por construir en suelos rústicos comunes
- Demolición inmediata de la obra, teniendo que pagar los gastos el sancionado
- Inhabilitación especial de entre uno y cuatro años
- Condena de entre un año y tres años de prisión
¿Es posible construir en terreno rústico sin ser sancionado?
La respuesta a esta pregunta es SI, pero se deberá de presentar un informe minucioso y exhaustivo, además de tener en cuenta todas las limitaciones y condiciones que nos pondrán para ello. Por ello aunque esta circunstancia se puede dar, no es nada fácil llegar a conseguirlo.
Desde Mar Costa del Sol te podemos ayudar a resolver cualquier tipo de duda en este ámbito ¡Contáctanos sin compromiso!